La compra, paso a paso;  Lo que hay que saber para concretar operaciones: requisitos, costos, comisiones

29/04/2024

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La compra, paso a paso; Lo que hay que saber para concretar operaciones: requisitos, costos, comisiones

En la adquisición de una vivienda existe un proceso que se inicia en el quiero comprarme algo y termina con el feliz momento de aquí tiene sus llaves . En el transcurso entre la decisión y la concreción de la operación hay un itinerario por sortear.

Primero: Se deben definir las características del departamento que se busca. Es bueno volcar en un papel las necesidades para clarificar las ideas antes de comenzar el derrotero. El capital disponible marcará el rumbo de la búsqueda. Se debe afinar el lápiz con el fin de saber cuánto se puede pagar, según los ahorros y la capacidad de endeudamiento. Los bancos exigen no comprometer en la cuota de crédito más de un tercio de los ingresos de ambos cónyuges.

Segundo: Se debe elegir una inmobiliaria de prestigio y es fundamental que esté inscripta en la Cámara Inmobiliaria Argentina. Luego se recorren inmuebles, se elige y se pide toda la información correspondiente, que debe suministrar la inmobiliaria"

Tercero: Una vez conocidas las características del inmueble y la documentación que deberá acompañar la operación, se realiza una reserva y se pide el título de propiedad. Nunca estará de más solicitar las últimas dos o tres liquidaciones de expensas para verificar el monto real. Al mismo tiempo, se necesitan los certificados de dominio, de inhibición, administrativos y referenciar el título para convalidar la operación.

Cuarto: El escribano elegido por el comprador deberá constatar que toda la documentación esté en regla. Mi sugerencia es que el cliente elija a su escribano de confianza. Otra alternativa es concurrir al Colegio de Escribanos para asesorarse al respecto". Los honorarios del escribano los abona el comprador y corresponden a un 2% de la operación realizada.

Quinto: Cuando se trata de vivienda única no se paga el impuesto a la transferencia de inmuebles (ITI). Si el vendedor destina lo que obtiene de la operación a la compra de otra vivienda deberá informárselo a su escribano con 20 días de anticipación para que se tramite la exención correspondiente. En el caso de más de una vivienda, en concepto de ITI se deberá abonar el 1,50 por ciento.

Si la operación supera los 200.000 dólares y si el origen de los fondos es de dudosa procedencia, debe comunicárselo a la Unidad de Información Financiera (UIF). La comisión en concepto de honorarios a la inmobiliaria está en el orden del 3 al 4%, más IVA.